¿Qué es la pensión por fallecimiento?
La pensión por fallecimiento se otorga a los familiares directos (viudo/a, conviviente o hijos menores) de un trabajador o jubilado que fallece. Es un trámite que debe iniciarse dentro del año del deceso para garantizar la retroactividad. Diario Río Negro
¿Quiénes tienen derecho?
Los derechohabientes reconocidos por ANSES son: el cónyuge o conviviente (que haya convivido con el fallecido por al menos 5 años, o 2 años si hay hijos en común), los hijos menores de 18 años, y los hijos con discapacidad sin límite de edad.
Para cobrar la pensión, los derechohabientes no deben estar cobrando otra jubilación o pensión de similar naturaleza.
Documentación requerida
- DNI del solicitante
- Partida de defunción del causante
- Partida de matrimonio (si sos cónyuge) o constancia de convivencia certificada (si sos conviviente)
- Partidas de nacimiento de los hijos menores (si corresponde)
- Historia laboral del fallecido (se obtiene desde Mi ANSES)
- Último recibo de haberes del fallecido (si era jubilado)
Paso a paso
- Ingresá a Mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social
- Verificá la historia laboral del causante
- Reuní la documentación listada arriba
- Solicitá turno en anses.gob.ar seleccionando el trámite «Pensión por Fallecimiento»
- Presentate en ANSES el día del turno con toda la documentación en original y copia
- Seguí el estado del expediente desde Mi ANSES
¿Cuánto se cobra?
El monto de la pensión equivale al 70% del haber que percibía o le correspondía al causante. Si hay varios derechohabientes (por ejemplo, cónyuge e hijos), el monto se distribuye entre ellos.
Plazos importantes
El trámite debe iniciarse dentro del año del deceso para garantizar la retroactividad. Diario Río Negro Si se inicia después de ese plazo, se pierde el derecho a cobrar los meses anteriores a la solicitud.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar la pensión si ya cobro mi propia jubilación? En general no, salvo excepciones específicas contempladas en la ley. Consultá en ANSES tu caso particular.
¿Qué pasa si el fallecido era monotributista? También genera derecho a pensión si realizó aportes durante el tiempo requerido. La historia laboral en ANSES muestra esos aportes.
¿Los hijos mayores de 18 años tienen derecho? Solo si tienen discapacidad certificada (CUD vigente).
Fuente oficial: ANSES 🔗 anses.gob.ar/jubilaciones-y-pensiones 🔗 argentina.gob.ar/tema/adultosmayores
Información verificada con fuentes oficiales. Última actualización: abril 2026.